Aperturado el plazo para solicitarse la ayuda de 200 euros para personas con bajos ingresos y patrimonio
Desde este 15 de febrero de 2023 puede solicitarse en la web de la Agencia Tributaria la nueva ayuda de 200 euros para personas con bajos ingresos y patrimonio que establece el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre. El plazo de solicitud se prolongará hasta el 31 de marzo.
Desde este 15 de febrero de 2023, la AEAT pone a disposición de todos los posibles beneficiarios el formulario online que permite solicitar la nueva ayuda de 200 euros para personas con bajos ingresos y patrimonio, establecida en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre . La ayuda podrá solicitarse hasta el 31 de marzo y el plazo de pago por parte de la Agencia tributaria es de tres meses a partir de la aprobación de la misma.
Como en el caso de la anterior ayuda de 200 euros, se requerirá el alta de los solicitantes en el sistema «Clave», que puede realizarse por internet, por videollamada o presencialmente en las oficinas de la Agencia u otros organismos públicos. El alta en este sistema solo requiere aportar los datos del DNI y un número de teléfono móvil. Si cuenta con Certificado Digital, también puede tramitar esta ayuda.
El formulario de solicitud de la ayuda se encuentra en el apartado de información destacada de la sede electrónica de la AEAT y en él solo será necesario aportar los datos identificativos y domicilio del solicitante y de las personas con las que convive en el hogar, así como un teléfono de contacto y el número de cuenta bancaria para hacer efectivo el pago de la ayuda.
Por lo demás, y de cara a facilitar la solicitud, los servicios de ayuda incluirán folletos, vídeos explicativos, solución de dudas frecuentes y carteles informativos en las oficinas.
Servicios de ayuda: folletos, vídeos y carteles informativos
Antes del inicio del plazo de solicitud, la AEAT ya había habilitado el espacio en su web para la nueva ayuda de 200 euros a fin de facilitar la visualización de un bloque específico de preguntas frecuentes y de incentivar a los posibles solicitantes que no estuviesen dados de alta en el sistema «Clave», ni contasen con certificado electrónico, a que realizasen dicho sencillo trámite.
Asimismo, toda la información necesaria se recogerá también en folletos y vídeos explicativos que se publicarán en la web de la Agencia tributaria; labor que se complementará con carteles informativos en las zonas de atención al público de las oficinas en todo el territorio.
Beneficiarios y requisitos
La ayuda consiste en un único pago de 200 euros para trabajadores por cuenta propia o ajena y beneficiarios de la prestación o subsidio de desempleo en 2022 que el pasado año no superasen los 27.000 euros brutos de renta y cuyo patrimonio (descontando la vivienda habitual) no rebasara los 75.000 euros. Además, los beneficiarios deben tener residencia habitual en España en 2022.
Por otra parte, y de cara al cálculo de importes se debe sumar la renta y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio:
- El propio beneficiario.
- Su cónyuge o pareja de hecho.
- Los descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros.
- Ascendientes hasta segundo grado por línea directa (padres y abuelos).
La finalidad que persigue esta ayuda es paliar el efecto perjudicial en los precios ocasionado por la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania en situaciones de vulnerabilidad económica no cubiertas por otras prestaciones de carácter social. En esa medida, no son destinatarios de esta ayuda los perceptores a 31 de diciembre de 2022 del Ingreso Mínimo Vital y de pensiones de la Seguridad Social.
Finalmente, el Real Decreto establece el requisito de que ninguno de los convivientes mencionados fuese en 2022 administrador de una sociedad activa, ni titular de acciones o participaciones no cotizadas.
Fuente: Ministerio de Hacienda y Función Pública.