RESERVAR CITA

Declaración complementaria vs declaración rectificativa: qué son y cuándo usarlas

26 de septiembre de 2025

¿Ya presentaste tu declaración y te diste cuenta de que cometiste un error? Tranquilo, no eres el único. En estos casos, la solución está entre dos opciones: declaración complementaria o declaración rectificativa. Ahora bien, ¿cuál corresponde a tu situación?

En este artículo te explicamos cuándo usar cada una, qué diferencias hay entre ellas y cómo presentarlas correctamente para evitar problemas con Hacienda.

¿Qué es una declaración complementaria?

La declaración complementaria se presenta cuando cometiste un error que hizo que pagaras menos impuestos de los que realmente te correspondían. Es decir, cuando el error perjudica a Hacienda.

No incluiste algún ajuste obligatorio.

Por ejemplo:

Olvidaste declarar ingresos.

Aplicaste deducciones que no correspondían.

¿Y qué es una declaración rectificativa?

La declaración rectificativa se utiliza cuando el error te perjudicó a ti como contribuyente. Es decir, pagaste más de lo que debías o te devolvieron menos de lo que te correspondía.

Declaraste ingresos por duplicado o con errores.

Algunos ejemplos típicos:

No aplicaste una deducción a la que tenías derecho.

Te devolvieron menos IRPF por error.


Diferencias clave (de forma práctica)

  • Quién sale beneficiado / perjudicado:
     • Complementaria → perjudica a Hacienda (tu deuda inicial era menor de lo real).
     • Rectificativa → perjudica al contribuyente (tú pagaste de más o te devolvieron menos).
  • Plazo de actuación:
     Ambas pueden presentarse dentro del plazo en que Hacienda aún puede revisar la declaración (normalmente hasta 4 años).
  • Sanciones / recargos:
     En una complementaria, si haces la corrección fuera del plazo voluntario, te pueden aplicar recargos (por presentar tarde).
     En una rectificativa, si el error fue en tu favor y estás dentro de plazo, en principio no debería haber sanciones.
  • Naturaleza del ajuste:
     La complementaria suma lo que faltó o corrige los datos iniciales para reflejar una deuda mayor.
     La rectificativa reduce lo que declaraste o corrige para que te devuelvan lo justo.

Principales diferencias entre ambas

AspectoComplementariaRectificativa
¿A quién perjudica el error?A HaciendaAl contribuyente
¿Cuál es el objetivo?Pagar lo que faltóRecuperar lo pagado de más
¿Hay sanciones o recargos?Sí, si se presenta fuera de plazoNo suele haber, si estás en plazo
¿Se puede presentar online?

¿Cuándo debes usar una u otra?

El criterio es simple:

  • Complementaria: cuando el error hace que debas más dinero del que pagaste.
  • Rectificativa: cuando el error hace que hayas pagado de más o recibido menos devolución.

Este criterio aplica en modelos como el IRPF, IVA, Impuesto sobre Sociedades, etc.


Cómo presentarlas paso a paso

  • Complementaria:

1. Accede a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

2. Selecciona el modelo correspondiente.

3. Indica que se trata de una “autoliquidación complementaria”.

4. Rellena los datos corregidos e incluye la referencia de la declaración original.

  • Rectificativa:

1. También se presenta desde la Sede Electrónica.

2. En IRPF, puedes hacerlo desde Renta Web seleccionando la opción “Modificación por rectificación”.

3. En otros modelos, puedes presentar un escrito indicando el error, los importes corregidos y la devolución solicitada


¿Cuál es el plazo para presentar una rectificación o complementaria?

El plazo general es de cuatro años desde el fin del periodo voluntario de presentación. Pasado ese tiempo, Hacienda puede considerar prescrita la posibilidad de corregir o reclamar.


Consejos y precauciones

  • Actúa cuanto antes. Cuanto más esperes, mayores pueden ser los recargos.
  • Guarda toda la documentación que justifique el error y la corrección.
  • Si el error afecta a varios ejercicios fiscales, puede ser necesario revisar cada uno de forma individual.
  • Ante la duda, consulta con tu asesoría de confianza para evitar nuevos errores o pérdidas de dinero.

¿Necesitas ayuda para corregir una declaración?

En M&M Asesoría y Gestión te ayudamos a presentar tu declaración complementaria o rectificativa, con todas las garantías, para que no tengas que preocuparte de nada.

Contáctanos hoy mismo y deja tu situación en manos de profesionales.

¿Quieres mantenerte al tanto de las novedades?

Recibe las nuevas entradas de nuestro blog directamente en tu bandeja de entrada, para no perderte ninguna información interesante
UNIRME A LA NEWSLETTER
M&M ASESORIA Y GESTION 36, S.L. ha sido beneficiaria de la Subvención de Innobonos 2022 para la realización de los proyectos en la siguiente línea:
2. Aplicaciones, sistemas y servicios para la gestión empresarial, Expediente INNOBONOS2022010074

Proyecto cofinanciado por el
Fondo Europeo de Desarrollo Regional

chevron-down linkedin facebook pinterest youtube rss twitter instagram facebook-blank rss-blank linkedin-blank pinterest youtube twitter instagram